Un paso más hacia la cooperación jurídica internacional en clave tecnológica
El pasado martes 5 de mayo de 2020 por videconferencia, se celebró el primer depósito del instrumento de ratificación del Tratado de Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales, conocido como “Tratado de Medellín”, por parte del Principado de Andorra.
Este acto, convocado por Enrique Gil Botero, Secretario General de la COMJIB, contó con la participación de Joan Antoni León Peso, Secretario de Estado de Justicia e Interior del Principado de Andorra; y los tres representantes de la Secretarías Generales Adjuntas de COMJIB, Cristián Jara, Secretario General Adjunto de Chile, Javier Samper, en representación de la Secretaría General Adjunta de España y Maria Luísa Pacheco, Secretaria General Adjunta de Portugal. Además, de tener la presencia de honor del Sr. Embajador del Principado de Andorra en el Reino de España, Vicenç Mateu Zamora.
En su intervención el Sr. León Peso manifestó que, para Andorra, “las nuevas tecnologías son el futuro (…) este Tratado está alineado a la política de papel cero que es una apuesta de nuestro gobierno”. Resaltó la importancia sobre la seguridad y la inmediatez que ofrece la plataforma Iber@ para la implementación del “Tratado de Medellín”. Asimismo, invitó “a los países que aún no han firmado (el Tratado) a que lo hagan y a aquellos que ya lo han firmado a que aceleren sus procesos internos de ratificación”.
A continuación, tomaron intervención los tres Secretarios Generales Adjuntos, quienes destacaron la importancia de la herramienta en sus países y para la región iberoamericana. Asimismo, notificaron sobre los avances en los procesos de ratificación en sus países.
A modo de cierre, el Secretario General, Enrique Gil Botero, se refirió a la relevancia que adquiere la herramienta sobre todo en contextos como el actual en el que, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, se dificulta el envío físico de la documentación. En este sentido, resaltó que esta pandemia “nos obliga a utilizar las nuevas tecnologías a fin de poder continuar con la tramitación de los asuntos judiciales, en particular de aquellos relacionados con temas urgentes y que no pueden detenerse, aún ante la crisis sanitaria” y enfatizó que, “es ahora, más que nunca, que el uso de las nuevas tecnologías en la administración de justicia se presenta como una necesidad” y recordó que “los países de la COMJIB tomaron la decisión de negociar este instrumento internacional tenían muy claro su objetivo principal, reducir considerablemente los tiempos de tramitación internacional de la cooperación jurídica internacional y los costes asociados, pero sin que por perseguir este objetivo se comprometiera la seguridad de la información”.
Finalizó expresando su satisfacción y reconocimiento a Andorra que, “siendo nuestro miembro más joven, por su también reciente incorporación a la COMJIB, hace poco más de un año, nos contagia de su vigoroso desempeño y llena de nuevos aires a la COMJIB”.
Gil Botero aprovecho la ocasión para celebrar el día de la lengua portuguesa, uno de los idiomas oficiales de la Conferencia.
Estado de situación y beneficios del Tratado de Medellín
El Tratado ha sido firmado por Andorra, Argentina, Brasil, Colombia, Chile, España, Paraguay, Portugal y Uruguay, y está abierto a la firma de los Estados Iberoamericanos. Su entrada en vigor se producirá a partir del depósito del tercer instrumento de ratificación.
Las posibilidades que ofrece este tratado para mejorar la cooperación jurídica internacional son:
- Transmisión segura por la plataforma Iber@ y en tiempo real de las comunicaciones para la asistencia legal mutua, en tratados en vigor entre las partes, entre autoridades centrales encargadas de su diligenciamiento. Se disminuye el tiempo del trámite internacional de las solicitudes que pasan de una demora de días, meses y hasta años, a la inmediatez.
- Garantía de rápida identificación de la autoridad central para cada tratado y facilitación la firma digital para la tramitación internacional. Se elimina la posibilidad de pérdida de la documentación que puede ocurrir en los envíos físicos por correo tradicional, sin afectar derechos y libertades ciudadanas al proteger los datos personales y evitar la fuga de información sensible de los procesos judiciales en curso.
- Certificación del envío y la recepción de las informaciones cruzadas entre las autoridades centrales.
- Dotación de efectos jurídicos a la documentación enviada y recibida por la plataforma Iber@. Esto implica que deben ser considerados válidos en los procesos judiciales que sean agregados.
- Reducción de costes económicos asociados con el tradicional envío físico de las solicitudes de asistencia legal mutua entre autoridades centrales, siendo innecesaria la remisión física posterior de dicha documentación. Se contribuye a un medio ambiente sostenible al prescindir del uso del papel y la tinta.
- Ampliación del espectro de la cooperación jurídica internacional más allá de la región iberoamericana, mediante la posibilidad de adhesión al Tratado de cualquier Estado que no sea miembro de la COMJIB. Esta adhesión sólo surtirá efecto en las relaciones entre el Estado adherente y los Estados Parte que no hayan formulado objeción en los seis meses siguientes a la recepción de la notificación prevista en el artículo 11.4 del Tratado.