Tratado constitutivo


Tratado constitutivo

LOS ESTADOS FIRMANTES DEL PRESENTE TRATADO

CONSCIENTES de los profundos vínculos históricos, culturales y jurídicos que les unen,

DESEANDO traducir tales vínculos en instrumentos jurídicos de cooperación,

RECONOCIENDO la importante contribución a esa tarea, realizada hasta el presente por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Hispano-luso-americano, instituida por el Acta de Madrid de 1970,

DECIDIDOS a continuar tal obra, dotándose de un instrumento internacional adecuado,

CONSIDERANDO que la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Hispano-luso-americano, en su reunión de Acapulco de 1988 recomendó la celebración de una Conferencia extraordinaria de Plenipotenciarios en España en 1992 con ocasión del Quinto Centenario, para adoptar tal instrumento.

HAN RESUELTO, adoptar un Tratado Internacional constitutivo de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Ibeoramericanos y a tal efecto han designado a sus respectivos plenipotenciarios, cuyos poderes han sido reconocidos en buena y debida forma.

Tratado Constitutivo ESP-PT